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NCG 9 NORMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Nº.9 ACTIVOS CORRIENTES ÍNDICE Párrafo Número Objetivo Definiciones 01 - 0

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NCG 9 NORMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Nº.9 ACTIVOS CORRIENTES

ÍNDICE

Párrafo Número

Objetivo Definiciones

01 - 05

Características

06 - 09

Reglas de Presentación y Revelación en los Estados Financieros

10 - 11

Fecha en que entra en vigencia

12

NCG 9

NORMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Nº.9 ACTIVOS CORRIENTES

Objetivo Esta norma establece reglas definidas para la contabilización adecuada y la presentación correcta en los estados financieros de las cuentas de activo corriente de las entidades del Sector Público. Definiciones 01.

Efectivo en Caja y Banco: Incluye dinero en cualquier forma, por ejemplo, efectivo depositado o por depositar, y otros fondos disponibles para el uso.

02.

Valores Negociables: Son los documentos de fácil realización y que no se tenga intención de retener.

03.

Cuentas y Documentos por Cobrar: Representan las acreencias originadas por la venta de bienes y servicios, así como por tasas, contribuciones, impuestos, préstamos otorgados y otros similares cuya realización está comprendida dentro del período fiscal. Los documentos por cobrar lo constituyen las letras, pagarés y otros documentos negociables firmados por terceras personas como contraprestación por servicios prestados, venta realizadas, préstamos otorgados o refinanciamiento de deudas.

04.

Inventarios: Comprende todos los tipos de bienes para consumo y venta, materias primas, productos en proceso, productos terminados y otros. Además, incluye los bienes en tránsito ya pagados los cuales se encuentran en custodia de los proveedores. Gastos pagados por anticipados que se espera devengar dentro del plazo de un año a partir de la fecha del balance general.

05.

Características 06.

El Activo Corriente incluye los recursos que razonablemente se espera realizar en efectivo, venderse, o consumirse (pagos adelantados) durante el ciclo normal de operaciones de la entidad.

07.

La clasificación en el balance general de los activos corrientes proporciona una medida aproximada de liquidez de una entidad, así mismo se considera útil para ayudar a los usuarios en el análisis de la situación financiera de la entidad.

08.

La Caja representa la existencia de dinero efectivo y/o cheques que perciben directamente las entidades del Sector Público, los cuales deben ser depositados diariamente en sus respectivas cuentas bancarias.

09.

La cuenta Bancos representa los fondos provenientes del recaudo de tributos, crédito público, prestación de servicios, transferencias y otros que conformen el fondo común.

Reglas de Presentación y revelación en los Estados Financieros. 10.

Los importes totales de los activos corrientes deberán revelarse en los estados financieros.

11.

El monto al que se presenta un activo corriente en los estados financieros no deberá estar disminuido por otro activo corriente, a menos que exista un derecho legal para compensarlo y dicha compensación represente lo que se espera que ocurra respecto a la realización del activo.

Fecha en que entra en vigencia 12.

Esta norma entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 1998.