Acta de matrimonio guatemala

12 av. 44-73 zona 12, Guatemala,Guatemala. (502)2477-2660,(502) 3000-5566. [email protected]. ACTA DE MATRIMONIO

Views 208 Downloads 19 File size 59KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

12 av. 44-73 zona 12, Guatemala,Guatemala. (502)2477-2660,(502) 3000-5566. [email protected].

ACTA DE MATRIMONIO En la ciudad de Guatemala el veintisiete de marzo del año dos mil dieciséis,

yo Sinkler Danilo de Paz Carrillo, Notario,

me encuentro constituido en mi oficina profesional ubicada en Avenida las Américas diecisiete guión setenta y ocho (17-78) zona trece (13), del municipio de Guatemala, departamento de Guatemala, soy requerido por la señorita Jennifer Marisol Villatoro Morán y el señor Mario Vinicio Herrera Jordán, con el Objeto que Autorice su Matrimonio Civil, para lo cual procedo de la forma siguiente: PRIMERO. (ADVERTENCIA DEL DELITO DE PERJURIO A LOS CONTRAYENTES): Advierto a la señorita Jennifer Marisol Villatoro Morán y al señor Mario Vinicio Herrera Jordán,

sobre las penas

relativas al delito de perjurio, establecidas en el Artículo cuatrocientos cincuenta y nueve (459) del Código Penal, a lo que manifiestan darse por enterados. Procedo a Continuación a tomarles solemnemente juramento a ambos

requirentes

para lo cual pregunto: Prometen bajo juramento decir la verdad en lo que fueren preguntados? La señorita Jennifer Marisol Villatoro Morán y al señor Mario Vinicio Herrera Jordán, responden SÍ JURAMOS; SEGUNDO. JURAMENTO DE LEY DE LA CONTRAYENTE MUJER: Bajo el juramento de ley , a preguntas realizadas por el Notario, la señorita Jennifer Marisol Villatoro Morán declara:

que sus

nombres y apellidos son los que quedaron anotados; que nació

en

la

ciudad

de

Guatemala,

departamento

de

Guatemala el nueve (9) de Agosto del año mil novecientos noventa (1,990), que su nacimiento se encuentra inscrito bajo partida número cinco mil seiscientos doce (5,612),

Folio

Ciento Doce (112), del Libro ciento tres diagonal G (103/G),

del Registro Civil del municipio de Guatemala, departamento de Guatemala; que tiene veinticinco (25) años

de edad, es soltera, Secretaria Bilingüe, guatemalteca, de este domicilio, que se identifica con el Documento Personal de Identificación (DPI), Código Único de Identificación dos mil quinientos treinta y uno cero ocho mil trescientos veintidós cero ciento uno (2531

08322

0101), extendido por el

Registro Nacional de las Personas (RENAP), que es hija de los señores Lorena Marisol Morán Morales de Villatoro y Abilcio René Villatoro Alvarado; que sus Abuelos son Blanca Estela Morales Cifuentes de Morán y Oscar Amilcar Moran; TERCERO: JURAMENTO DE LEY DEL CONTRAYENTE VARON. Bajo

el juramento de ley , a

preguntas realizadas por el Notario el señor Mario Vinicio Herrera Jordán declara: que sus nombres y apellidos son los que quedaron anotados, que nació en la ciudad de Guatemala, departamento de Guatemala, el seis (6) de febrero del año mil novecientos noventa (1,990), que su nacimiento

se

encuentra

inscrito

bajo

partida

número

novecientos sesenta y dos (962), cuatrocientos sesenta y dos (462), Libro ciento trece guión R (113-R) del Registro Civil del municipio de Guatemala, departamento de Guatemala; que tiene

veintiseis

(26)

años

de

edad,

Empresario,

guatemalteco, de este domicilio, que se identifica con el Documento Personal de Identificación (DPI), Código Único de Identificación mil ochocientos ochenta y nueve ochenta y tres mil ciento doce

cero ciento uno (1889

83112

0101),

extendido por el Registro Nacional de las Personas (RENAP); que es hijo de los señores Thelma Waleska Beatriz Jordán Pinzón de Herrera y el señor Mario Vinicio Herrera Chinchilla; que sus Abuelos son los señores Thelma Coralia Pinzón contreras de Jordán y el señor Franklin

René Jordán Carcamo; CUARTO: JURAMENTO DE LEY SOBRE

EL

También

ESTADO

bajo

CIVIL

DE

LOS

el juramento de ley,

CONTRAYENTES.

La señorita Jennifer

Marisol Villatoro Morán y al señor Mario Vinicio Herrera Jordán, me aseguran

ambos ser solteros, que no

han

estado unidos de hecho ni por matrimonio anterior con tercera persona, que no son

parientes entre sí, ni

tienen

impedimento legal que les imposibilite contraer matrimonio civil. Como Notario DOY FE Y HAGO CONSTAR: Que la señorita contrayente me pone a la vista: A) Certificación de Partida de Nacimiento

partida número cinco mil seiscientos doce (5,612),

Folio

Ciento Doce (112), del Libro ciento tres diagonal G (103/G), del Registro Civil del municipio de Guatemala, departamento de Guatemala; B) Documento Personal de Identificación (DPI), Código Único de Identificación dos mil quinientos treinta y uno cero ocho mil trescientos veintidós 08322

cero ciento uno (2531

0101), extendido por el Registro Nacional de las

Personas (RENAP); El contrayente Varon me pone a la vista: A)Certificación

de Partida de Nacimiento

partida número

novecientos sesenta y dos (962), cuatrocientos sesenta y dos (462), Libro ciento trece guión R (113-R) del Registro Civil del municipio de Guatemala, departamento de Guatemala; B) Documento Personal de Identificación (DPI), Código Único de Identificación mil ochocientos ochenta y nueve ochenta y tres mil ciento doce

cero ciento uno (1889

83112

0101),

extendido por el Registro Nacional de las Personas (RENAP). QUINTO:

DE

LOS

DERECHOS

Y

DEBERES

DEL

MATRIMONIO. El Notario hace saber a los contrayentes los

derechos y deberes que

se originan

del matrimonio y la

transendencia de este acto, leyéndoles el contenido

de los

Artículos: setenta y ocho (78) y del ciento ocho (108) al ciento doce (112) del Código Civil, y bien enterados de los alcances y de los efectos contraerlo;

legales del mismo, me reiteran su deseo de SEXTO:

DE

LA

ACEPTACIÓN

DEL

MATRIMONIO. Cumplidos los requisitos de ley, como Notario procedo a preguntarles por separado, primero a la señorita Jennifer Marisol Villatoro Morán si acepta como su legítimo esposo al señor Mario Vinicio Herrera Jordán, a lo cual responde que sí lo Acepta; luego procedo a preguntarle al señor Mario Vinicio Herrera Jordán si acepta como su legítima esposa a la señorita Marisol Villatoro Morán,

Jennifer

a lo cual responde que sí la

Acepta; por lo que en virtud de las facultades legales de las cuales me encuentro investido, como Notario, DECLARO SOLEMNEMENTE

UNIDOS

EN

MATRIMONIO

CIVIL

a los

señores Jennifer

Marisol Villatoro Morán y Mario Vinicio Herrera Jordán, a quienes entregare constancia de la presente ceremonia y sus documentos con los que se identificaron. SÉPTIMO: DEL REGIMEN DEL MATRIMONIO. Los señores Jennifer Marisol Villatoro Morán y Mario Vinicio Herrera Jordán,

me

manifiestan no haber celebrado capitulaciones matrimoniales, por lo cual a falta de estas se entenderá contraído el matrimonio

bajo

el

régimen

de

COMUNIDAD

DE

GANANCIALES, según lo establecido en los Artículos ciento veinticuatro (124) y ciento veintiséis (126) del Decreto Ley ciento seis (106) Código Civil. No habiendo nada más que hacer constar, se da por terminada la presente ceremonia en el mismo lugar y fecha de su inicio siendo las catorce horas con

cuarenta

y

cinco

minutos,

la

cual

se

encuentra

documentada en la presente Acta Notarial, en dos hojas de Papel Bond impresas en ambos lados, las cuales numero sello y firmo. Leí a los contrayentes

y a las demás personas

presentes el contenido de la presente Acta, la que aceptan, ratifican y firman los contrayentes, firmando también el acta el infrascrito Notario que de todo lo expuesto da fe.

Jennifer Marisol Villatoro Morán Herrera Jordán

Mario Vinicio

ANTE MÍ

Lic. Sinkler Danilo de Paz Carrillo Col. 12,633