Acta de Compromiso de Pago

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DIRECCION DISTRITAL 14D06

¿ E to d ó n

LIMÓN

in d a n z a -s a n t ia g o -t iw in t z a -e d u c a c ió n

D IR E C C IO N D IST R IT A L D E L D IST R IT O 14D06 L IM O N IN D A N Z A S A N T IA G O - T I W IN T Z A -E D U C A C IÓ N A C T A DE C O M P R O M IS O DE PA G O

En la ciudad de Limón Indanza, en la fecha 15/06/2016, comparece por una parte, PELAEZ AREVALO HENRY PATRICIO, en su calidad de DIRECTOR DEL DISTRITO 14D06 LIMON INDANZA-SANTIAGO- TIWINTZA-EDUCACIÓN, en adelante, la Institución; y, por otra, el señor/a CAMPOVERDE SEGARRA LUZ IMELDA, con cédula de ciudadanía 0100945070, en adelante la o el Servidor/a, quien tiene el puesto de DOCENTE CATEGORIA B, con el objeto de firmar la presente Acta de Compromiso de Pago, al tenor de las siguientes cláusulas: PRIMERA.- ANTECEDENTES:

a) El Estado ecuatoriano, a través de DIRECCIÓN DISTRITAL DEL DISTRITO 14D06 LIMON INDANZA-SANTIAGO- TIWINTZA-EDUCACIÓN, reconoce a la o el Servidor/a CAMPOVERDE SEGARRA LUZ IMELDA, los valores correspondientes a la compensación económica por acogerse a la jubilación voluntaria con enfermedad catastrófica, prevista en el artículo 129 de la Ley Orgánica del Servicio Público - LOSEP; y, en el Acuerdo Nro. M DT-2016-0100, de 14 de abril de 2016, mediante el cual el Ministerio del Trabajo expidió las directrices para los procesos de desvinculación de servidoras y servidores con el fin de acogerse al retiro por jubilación. b) La o el Servidor/a ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 3 del Acuerdo Nro. M DT-2016-0100, las disposiciones previstas en la LOSEP y su Reglamento General, la Ley de Seguridad Social y demás normativa relacionada que expida el 1ESS, para acogerse al retiro por jubilación. c)

El Estado ecuatoriano, por intermedio de DIRECCIÓN DISTRITAL DEL DISTRITO 14D06 LIMON INDANZA-SANTIAGO- TIWINTZA-EDUCACIÓN, reconoce y se compromete a pagar los valores por concepto de compensación económica por acogerse a la jubilación voluntaria con enfermedad catastrófica, previsto en el artículo 129 de la LOSEP y de acuerdo a lo dispuesto en el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas artículo 74 Deberes y Obligaciones del ente rector del SINF1P numeral 36 “Realizar las transferencias y pagos de las obligaciones solicitadas por las entidades y organismos del sector público contraídas sobre la base de la programación y la disponibilidad de caja

SEGUNDA.- OBJETO: Con los antecedentes mencionados, el Estado ecuatoriano, a través DIRECCIÓN DISTRITAL DEL DISTRITO 14D06 LIMON INDANZA-SANTIAGO- TIWINTZA-EDUCACIÓN, reconoce por concepto de compensación económica por acogerse a la jubilación voluntaria con enfermedad catastrófica, la cantidad de US$ 5.0150,00 (cincuenta mil ciento cincuenta dólares con 00/00 centavos de los Estados Unidos de North América), correspondiente al cálculo determinado en el artículo 129 de la Ley Orgánica de Servicio Público. De

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DIRECCIÓN DISTRITAL 14D06 LIMÓN

in d a n z a - s a n t ia g o -t iw in t z a - e d u c a c ió n

conform idad con el últim o inciso del artículo 6 del A cuerdo Nro. M D T -2016-0100, este m onto no generará intereses. T E R C E R A .- FO R M A DE PAGO: A m bas partes acuerdan que existe buena fe, voluntad de pago y responsabilidad para el pago del beneficio establecido. En ese sentido, D IR E C C IÓ N D IS T R IT A L DEL D IST R IT O 141)06 L IM O N IN D A N Z A -S A N T IA G O - T IW IN T Z A -E D U C A C IÓ N , garantiza el pago del beneficio establecido en el artículo 129 de la LO SE P, calculado en la cláusula segunda de la presente acta, conform e la disponibilidad presupuestaria asignada anualm ente por el M inisterio de Finanzas y priorizada por el C om ité de G estión P ública Interinstitucional, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6 del A cuerdo N ro. M D T -2016-0100. C U A R T O .- C O M P R O M IS O D E L SE R V ID O R : La o el S ervidor/a se com prom ete a no interponer denuncia, dem anda ju d icial, dem anda constitucional ni ninguna otra acción, para el cobro de los valores que se reconocen en el presente instrum ento. Q U IN T A .- C E SIÓ N : Q ueda expresam ente convenido que el presente instrum ento puede cederse de conform idad con el artículo 1841 y siguientes del C ódigo C ivil, de acuerdo al procedim iento establecido en el artículo 95 del C ódigo de P rocedim iento C ivil y el num eral 28 del artículo 18 de la Ley N otarial. S E X T A .- A C E P T A C IÓ N : Las partes aceptan el presente C om prom iso de Pago, com o un m ecanism o de solución definitiva respecto del valor por concepto del beneficio de jubilación previsto en el artículo 129 de la LO SEP. Para constancia y aceptación del contenido de la presente acta, las partes lo suscriben en cinco ejem plares de igual tenor y contenido, m ism o que form a parte de la acción de personal que se expida por concepto de la solicitud de retiro por jubilación.

C Lcdp-F¥¡áez \ Arevalo' Hoqry - \ Payicio D IS T R IT O )I4D 06 LIM O N 'W BA JSZA S A N T IA G O - T IW IN T Z A E D U C A C IÓ N

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Servidora CAMPOVERDE SEGARRA LUZ IMELDA