DIPLOMADO EN GESTIÓN AMBIENTAL (1ra. Versión) Módulo: MARCO LEGAL y NORMATIVO I Tema 5: Marco Institucional Ambiental e
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DIPLOMADO EN GESTIÓN AMBIENTAL (1ra. Versión)
Módulo: MARCO LEGAL y NORMATIVO I Tema 5: Marco Institucional Ambiental en Bolivia Tarija - Bolivia 2017
CONTENIDO Tema 5: MARCO INSTITUCIONAL AMBIENTAL 5.1 Antecedentes 5.2 Definición 5.3 Composición 5.3.1Autoridad Ambiental Competente Nacional – AACN 5.3.2 Autoridad Ambiental Competente Departamental – AACD 5.3.3 Gobiernos Autónomos Municipales 5.3.4 Organismos Sectoriales Competentes – OSCs 5.3.5 Servicio Nacional de Áreas Protegidas – SERNAP 5.4 Competencias, Atribuciones y Funciones 5.5. Marco Institucional Indirecto 5.5.1Definición 5.5.2 Órganos del Estado y el Medio Ambiente 5.5.3 Composición y Funciones - Ministerio Público - Contraloría General del Estado Plurinacional - Procuraduría General del Estado Plurinacional - Tribunal Agroambiental. 5.6 Régimen Autonómico 5.6.1 Marco Legal - CPE - Ley N° 031 - Ley N° 492 4.6.2 Niveles de Gobierno 4.6.3 Tipos de Autonomía - Privativas - Exclusivas - Compartidas - Concurrentes
MARCO INSTITUCIONAL AMBIENTAL ÓRGANO EJECUTIVO - ESTRUCTURA (Decretos Supremos: 29894 de 07/02/2009 – 0429 de 10/02/2010)
Presidente Estado Plurinacional Ministros de Estado
MARCO INSTITUCIONAL AMBIENTAL
MARCO INSTITUCIONAL Conjunto de instancias públicas encargadas de ejecutar las actividades inherentes a la gestión ambiental en el marco de sus competencias, así como velar por el cumplimiento de la norma.
AACN
VICEMINISTRO (A) DE MEDIO AMBIENTE
AACD GOBERNADORES DE DEPARTAMENTO GOBIERNOS MUNICIPALES (GM) ORGANISMOS SECTORIALES COMPETENTES (OSC)
SERVICIO NACIONAL DE ÁREAS PROTEGIDAS (SERNAP)
MARCO INSTITUCIONAL AMBIENTAL
MARCO INSTITUCIONAL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA (MMAyA) Viceministerio de Agua Potable y Saneamiento Básico (VAPSB)
- Dirección General de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario - Dirección General de Gestión Integral de Residuos Sólidos
MMAy A
Viceministerio de Recursos Hídricos y Riego (VRHR) - Dirección General de Cuencas y Recursos Hídricos - Dirección General de Riego
Viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad, Cambios Climáticos y de Gestión y Desarrollo Forestal (VMA) - Dirección General de Biodiversidad y Áreas Protegidas * SERNAP - Dirección General de Medio Ambiente y Cambios Climáticos - Dirección de Gestión y Desarrollo Forestal
MARCO INSTITUCIONAL AMBIENTAL
MARCO INSTITUCIONAL
AUTORIDAD AMBIENTAL COMPETENTE NACIONAL RPCA - Art. 4º.- El Viceministro (a) de Medio Ambiente, Biodiversidad, Cambios Climáticos y de Gestión y Desarrollo Forestal (VMA), como AACN, tiene competencias sobre AOP´S cuando: a) Estén ubicados geográficamente en más de un departamento. b) La zona de posibles impactos pueda afectar a más de un departamento. c) Se ubiquen o afecten áreas protegidas que integren el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP). d) Tengan impactos internacionales y transfronterizos. e) No estén a cargo de los Gobiernos Departamentales.
MARCO INSTITUCIONAL AMBIENTAL
MARCO INSTITUCIONAL AUTORIDAD AMBIENTAL COMPETENTE DEPARTAMENTAL
RPCA – Art. 5, tienen competencia cuando las AOP´s: • Estén ubicados geográficamente en más de un municipio del departamento. • La zona de posibles impactos afecte a más de un municipio del departamento. • No sean de competencia Nacional o Municipal.
de
la Autoridad
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MARCO INSTITUCIONAL Principales Funciones y Atribuciones de la AACN y AACD:
Licenciamiento Ambiental Control y Fiscalización Régimen Sancionador
Revisión y análisis de IRAP´s Otras establecidas en la normativa ambiental
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MARCO INSTITUCIONAL
GM - OSCs - SERNAP a) Revisar IRAP´s b) Emitir informes con criterios técnicos a la AAC b) Promover e incentivar la aplicación de medidas de mejoramiento y conservación ambiental en el ámbito de su competencia sectorial; c) Control y Fiscalización
d) Otras acciones, de acuerdo a la norma.
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Otras Instituciones Competentes: ÓRGANO LEGISLATIVO (A.L.P.), ÓRG. JUDICIAL (T.A.) y ÓRG. ELECTORAL (C.N.E.) MINISTERIO PÚBLICO Defiende la legalidad y los intereses generales de la sociedad, y ejercerá la acción penal pública. (CPE – Art. 225) CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO Ejerce la función de control de la administración de las entidades públicas y de aquéllas en las que el Estado tenga participación o interés económico. (CPE – Art. 213) PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO Representación jurídica pública, promueve, defiende y precautela los intereses del Estado, en medio ambiente. (CPE – Art. 229)
MARCO INSTITUCIONAL AMBIENTAL
Régimen Autonómico Autonomía.- Es la cualidad gubernativa que adquiere una entidad territorial de acuerdo a las condiciones y procedimientos establecidos en la Constitución Política del Estado y la presente Ley, que implica la igualdad jerárquica o de rango constitucional entre entidades territoriales autónomas, la elección directa de sus autoridades por las ciudadanas y los ciudadanos, la administración de sus recursos económicos y el ejercicio de facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva por sus órganos de gobierno autónomo, en el ámbito de su jurisdicción territorial y de las competencias y atribuciones establecidas por la Constitución Política del Estado y la ley. La autonomía regional no goza de la facultad legislativa.
MARCO INSTITUCIONAL AMBIENTAL
Régimen Autonómico ORGANIZACIÓN TERRITORIAL:
Unidad Territorial.- Es un espacio geográfico delimitado para la organización del territorio del Estado, pudiendo ser departamento, provincia, municipio o territorio indígena originario campesino. Territorio Indígena Originario Campesino.- Es el territorio ancestral sobre el cual se constituyeron las tierras colectivas o comunitarias de origen, debidamente consolidadas conforme a ley. Entidad Territorial.- Es la institucionalidad que administra y gobierna en la jurisdicción de una unidad territorial, de acuerdo a las facultades y competencias que le confieren la Constitución Política del Estado y la ley.
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Régimen Autonómico ORGANIZACIÓN TERRITORIAL:
Unidad Territorial.- Es un espacio geográfico delimitado para la organización del territorio del Estado, pudiendo ser departamento, provincia, municipio o territorio indígena originario campesino. Territorio Indígena Originario Campesino.- Es el territorio ancestral sobre el cual se constituyeron las tierras colectivas o comunitarias de origen, debidamente consolidadas conforme a ley. Entidad Territorial.- Es la institucionalidad que administra y gobierna en la jurisdicción de una unidad territorial, de acuerdo a las facultades y competencias que le confieren la Constitución Política del Estado y la ley.
Competencia.- Es la titularidad de atribuciones ejercitables respecto de las materias determinadas por la Constitución Política del Estado y la ley. Privativa La legislación, reglamentación y ejecución no se transfiere ni delega, y están reservadas para el nivel central del Estado.
Exclusiva La legislación, reglamentación y ejecución corresponden a un nivel de gobierno, pudiendo transferir y delegar estas dos últimas. Compartida Legislación básica corresponde a la ALP y la legislación de desarrollo, reglamentación y ejecución corresponde a las ETAs. Concurrente La legislación corresponde al NC y los otros niveles ejercen simultáneamente las facultades reglamentaria y ejecutiva.
Gracias!
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