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Actividad integradora. Desahogo de una prevención Matricula: ES1611307191 Universidad Abierta y a Distancia de México

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Actividad integradora. Desahogo de una prevención

Matricula: ES1611307191

Universidad Abierta y a Distancia de México

Módulo 16 Práctica forense laboral

Unidad 1 Procedimiento laboral

Sesión 4 Procedimiento laboral paraprocesal o voluntario

Introducción.

El procedimiento paraprocesal o voluntario, está fundamentado o en el título quince, capítulo III de los artículos 982 al 991 de la Ley Federal del Trabajo. Artículo 982.- Se tramitarán conforme a las disposiciones de este Capítulo, todos aquellos asuntos que, por mandato de la Ley, por su naturaleza o a solicitud de parte interesada, requieran la intervención de la Junta, sin que esté promovido jurisdiccionalmente conflicto alguno entre partes determinadas. Artículo 983.- En los procedimientos a que se refiere este Capítulo, el trabajador, sindicato o patrón interesado podrá concurrir a la Junta competente, solicitando oralmente o por escrito la intervención de la misma y señalando expresamente la persona cuya declaración se requiere, la cosa que se pretende se exhiba, o la diligencia que se pide se lleve a cabo. La Junta acordará dentro de las veinticuatro horas siguientes sobre lo solicitado y, en su caso, señalará día y hora para llevar a cabo la diligencia y ordenará, en su caso, la citación de las personas cuya declaración se pretende. Este procedimiento nace por la reforma laboral del 1 de mayo de 1980. Doctrinalmente se defina como “el procedimiento de jurisdicción voluntaria dentro del Derecho Procesal del Trabajo” (Bermúdez, 2000). Cabe mencionar que corresponde utilizar este procedimiento, cuando sin existir promovido jurisdiccionalmente conflicto alguno, se requiere la intervención de la Junta de Conciliación y Arbitraje, por así desearlo las partes interesadas o una sola de ellas, por la naturaleza del asunto o petición, o por disposición expresa de la Ley Laboral. Resulta muy útil y necesario este procedimiento que regula la Ley Procesal Laboral, ya que a través de él, se ejercen y acreditan actos, diligencias, derechos y obligaciones de carácter laboral que surgen de las mismas relaciones de trabajo y de la Ley.

Actividad 1. Promoción de procedimiento paraprocesal.

Espera la consigna de tu docente en línea para la redacción de la promoción. En un documento de texto, redacta la promoción. Caso: La persona moral "Institución Académica Jurídica, solicita de tu asesoría pues han celebrado convenio extrajudicial con el sindicato “Sindicato de Académicos Jurídicos” para liquidar al trabajador José Martínez Ramírez, se desempeñaba como intendente, con salario de $6,000.00, una antigüedad de 6 años y contaba con seguridad social. En un documento de texto, redacta la promoción considerando los siguientes elementos: Motivo fundado de la rescisión del trabajador, acompañado del aviso correspondiente para que la junta notifique la rescisión al trabajador; solicitud de procedimiento paraprocesal. Si es persona física, ¿quién promueve?; verificar alta ante Hacienda y cédula fiscal para acreditar que sea el patrón de la fuente de trabajo. Si es persona moral, ¿quién promueve?; y escritura pública con la que se acredite la existencia de la empresa y documental pública acreditando la personalidad de quien promueve en nombre de la persona moral.

H. JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉRIDA YUCATÁN

PRESENTE      Alberto Vázquez Santos, mexicano, casado, mayor de edad, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones las Oficinas ubicadas en la calle 19 no. 126-b x 26 y 28 centro, c.p.97370, Mérida, Yucatán, México, respetuosamente comparezco para exponer: Que en mi carácter de Apoderado Legal del Institución Académica Jurídica , personalidad que justificó con el Documento Público que exhibo adjunto, en la vía procedimental de los procedimientos paraprocesales o voluntarios, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 47 fracción X y 991 de la Ley Federal de Trabajo, vengo a solicitar a esta autoridad laboral que notifique al trabajador José Martínez Ramírez la rescisión que de su contrato individual de trabajo se hace sin ninguna responsabilidad para el patrón, toda vez que ha faltado en forma injustificada y sin permiso a la fuente de trabajo los días ocho, nueve, diez, once y doce del presente mes y año, persona a quien se trató de hacer entrega del aviso rescisorio que adjunto a la presente en su domicilio particular ubicado en la calle 78 lote 1 x 65, Mérida Yucatán y que se negó a recibir en forma. El trabajador José Martínez Ramírez, se desempeñaba como intendente, con salario de $6,000.00, una antigüedad de 6 años y contaba con seguridad social. Por lo anteriormente fundado y expuesto, A ESA H. JUNTA, muy atentamente pido se sirva: PRIMERO. Tenerme por presentado a través de este escrito en la vía paraprocesal dando por rescindido el contrato individual de trabajo celebrado con el trabajador sin ninguna responsabilidad para el patrón por la causal involucrada en el mismo. SEGUNDO: Se me tenga por presentado en los términos de este escrito, solicitando se notifique el Aviso al trabajador EL Sr. José Martínez Ramírez , para todos los efectos

legales conducentes, de conformidad con la carta adjunta que se adjunta a la presente promoción, manifestando que la fecha de la rescisión lo fue con fecha 27 de julio del 2018. CONFORME A DERECHO, PROTESTO         En la ciudad de Mérida Yucatán a 28 de julio del 2018.

__________________ Alberto Vázquez Santos Apoderado Legal del Institución Académica Jurídica.

Actividad 2. El acuerdo en el proceso

Espera el ejemplo de un acuerdo, que será proporcionado por tu docente en línea. Identifica la estructura de dicho ejemplo; y en un documento de texto, conforme al ejemplo, redacta el acuerdo que le pueda recaer. Ejemplo del acuerdo:

JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MEXICO JUNTA ESPECIAL NÚMERO CINCO MESA: II EXPEDIENTE: JLCA-207/2018. En la Ciudad de México, a los diecinueve días del mes de julio del año dos mil dieciocho. Se da cuenta con escrito demanda, constante de 5 fojas útiles y copias del mismo suscrito por la Ciudadana Martha  Sánchez viuda  de  Pérez, mismo escrito que fue recibido en oficialía de partes de este Tribunal en fecha 18 de julio de 2018. CONSTE.-

SE ORDENA FORMER EL EXPEDIENTE Y REGISTRAR EN EL LIBRO DE GOBIERNO BAJO EL NÚMERO CORRESPONDIENTE DANDOSE AVISO DE LA RADICACIÓN DEL MISMO.  Con fundamento en los Artículos 685, 870, 871, 872, 873 de la Ley Federal del Trabajo, se admite la demanda laboral interpuesta en la vía ordinaria por Martha  Sánchez viuda 

de  Pérez en contra de Empresa Refresquera  del  Centro  S.A.  de  C,V O QUIEN RESULTE RESPONSABLE DEL PAGO y no habiendo en concepto de esta H. Junta deficiencias

que

hagan

necesaria

la

suplencia

de

la

demanda,

encontrando

irregularidades, por lo que con el escrito de cuenta y con las copias que amparan el procedimiento, dígasele a la parte actora que se le tiene por prevenida, ya que hace falta adjuntar las copias de traslado para emplazar a la parte demandada, dándole el termino de tres días hábiles a partir de su legal notificación a fin de que conteste la prevención realizada por este junta, en el caso de que no cumpla dentro de este término se le tendrá por no interpuesta la demanda instaurada en contra de: Empresa Refresquera  del  Centro  S.A.  De  C.V. Lo anterior para estar en condiciones de señar fecha para la celebración de la audiencia de CONCILIACIÓN, DEMANDA Y EXCEPCIONES OFRECIMIENTO Y ADMISION DE PRUEBAS, prevista por el Artículo 873 de la Ley Laboral. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE este acuerdo a la parte actora por conducto de su apoderado legal, comisionándose para tal efecto al C. ACTUARIO NOTIFICADOR de esta Junta. En forma expresa se le requiere para que señale domicilio en esta ciudad donde oír y recibir notificaciones, apercibido de que en caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones y aún aquellas de carácter personal, le surtirán efecto mediante CEDULA DE NOTIFICACION que en su caso deberá fijarse en los estrados de esta Junta. Así lo acordó y firmó este H. Junta debidamente integrada, por y ante el C. Secretario de la misma quien autoriza y da fe. DOY FE.

Escrito del acuerdo del procedimiento paraprocesal:

JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE LA CIUDAD DE MÉRIDA YUCATÁN ACUERDO PARAPROCESAL: NÚMERO CINCO MESA: II EXPEDIENTE: JLCA-207/2018.

En la Ciudad de Mérida, Yucatán a 30 de julio del 2018.

Con el escrito y anexos a que se refiere la razón de cuenta que antecede, fórmese el expediente respectivo y regístrese en el Libro de Gobierno. Como lo solicita el ocursante, en tiempo y forma legales, quién acredita su personalidad mediante Documento Público que exhibió adjunto, por las razones que expresa y en virtud de lo fundamentado por lo dispuesto en los artículos 47 fracción X y 991 de la Ley Laboral, notifíquese a la rescisión del contrato de trabajo que tenía celebrado con el Sr. José Martínez Ramírez con la "Institución Académica Jurídica.

Córrase traslado con el escrito que se anexa, al trabajador, en el entendido de que puede ser notificado en el domicilio ubicado en calle 78 lote 1 x 65, Mérida Yucatán

Se comisiona al C. Actuario Notificador de esta H. Junta para que lleve a cabo

dicha notificación, debiendo levantar acta circunstanciada de esa diligencia. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE. Lo acordó y firmó la H. Junta C. Secretario General quien autoriza y da fe.

por ante el

DOY FE.

En la misma fecha 30 de julio del 2018, se publicó en lista de acuerdos el que antecede. CONSTE.

Actividad integradora. Diligencias de notificación Consulta el artículo 743 de la Ley Federal del Trabajo. Redacta el aviso de rescisión y adjunta copia del auto de radicación. Aviso de rescisión: Sr. José Martínez Ramírez NOMBRE DEL TRABAJADOR PRESENTE Por este conducto le comunico en mi carácter de Actuario Notificador adscrito a la Junta Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de Mérida, Yucatán, que a partir del día 27 de julio del 2018 queda Rescindido su Contrato Individual de Trabajo y/o Relación Laboral con la empresa "Institución Académica Jurídica, sin responsabilidad para el Patrón por haber incurrido en la siguiente causal(es) de rescisión tipificada en la fracción X del artículo 47 de la Ley Laboral: Haber faltado a sus labores los días ocho, nueve, diez, once y doce del presente mes y año, sin permiso del patrón y sin causa justificada. Lo que hago de su conocimiento con apoyo en la parte final del numeral invocado rogándole se sirva firmar la copia de la presente para constancia. En la Ciudad de Mérida, Yucatán a 03 de agosto del 2018

ATENTAMENTE EL ACTUARIO NOTIFICADOR FIRMA: NOMBRE: LIC. CARLOS LOPEZ ORTEGA ___________________________________________ ENTERADO: NOMBRE Y FIRMA DEL TRABAJADOR

Copia del auto de radicación:

En la Ciudad de Mérida, Yucatán a 30 de julio del 2018.

Con el escrito y anexos a que se refiere la razón de cuenta que antecede, fórmese el expediente respectivo y regístrese en el Libro de Gobierno. Como lo solicita el ocursante, en tiempo y forma legales, quién acredita su personalidad mediante Documento Público que exhibió adjunto, por las razones que expresa y en virtud de lo fundamentado por lo dispuesto en los artículos 47 fracción X y 991 de la Ley Laboral, notifíquese a la rescisión del contrato de trabajo que tenía celebrado con el Sr. José Martínez Ramírez con la "Institución Académica Jurídica.

Córrase traslado con el escrito que se anexa, al trabajador, en el entendido de que puede ser notificado en el domicilio ubicado en calle 78 lote 1 x 65, Mérida Yucatán

Se comisiona al C. Actuario Notificador de esta H. Junta para que lleve a cabo dicha notificación, debiendo levantar acta circunstanciada de esa diligencia. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE. Lo acordó y firmó la H. Junta C. Secretario General quien autoriza y da fe.

por ante el

DOY FE.

En la misma fecha 30 de julio del 2018, se publicó en lista de acuerdos el que antecede. CONSTE.

Conclusión.

Los procedimientos paraprocesales son conocidos por las Juntas de Conciliación y Arbitraje (locales o federal), las cuales son facultadas para intervenir en actos y trámites de naturaleza administrativa vigilando el cumplimiento de la ley laboral. Estos procedimientos inician con la solicitud oral o escrita de la parte interesada, por lo que en esta actividad redactarás un escrito de promoción sin responsabilidad para el patrón. Con respecto al procedimiento paraprocesal, ante la acreditación del interés legítimo y la entrega de los documentos requeridos en el caso, la junta da seguimiento al procedimiento, asignándole un número de expediente. Es importante mencionar que en el procedimiento paraprocesal, no basta hacer del conocimiento de la junta los motivos de una rescisión de la relación laboral, ya que también es necesario ordenar su trámite y turnar el expediente al actuario, para que se constituya al domicilio del trabajador, a fin de notificar conforme al artículo 743 de la ley la rescisión y surta la notificación sus efectos jurídicos.

Referencias.

Bermúdez, M. (2000). Derecho Procesal del Trabajo. México: Trillas. Cámara de Diputados. (2018). Ley Federal del Trabajo. Recuperado de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_220618.pdf García, J. (2011). Procedimientos paraprocesales en materia del trabajo. Recuperado de http://letrasjuridicas.com.mx/Volumenes/24/01a.pdf