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LOS DIBUJOS VAN CON FORME AL ORDEN DEL NOMBRE 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. Ministerio de Salud Públic

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LOS DIBUJOS VAN CON FORME AL ORDEN DEL NOMBRE 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14.

Ministerio de Salud Pública de Guatemala mspas. Ministerio de Energía y Minas mem Ministerio de Gobernación de Guatemala C.A. mingob Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales. MARN Ministerio de Agricultura Ganadería y Alimentación maga Ministerio de Educación mineduc Ministerio de Trabajo y Previsión Social de Guatemala mintrabajo. Ministerio de Desarrollo Social de Guatemala - mides. Ministerio de Finanzas Publicas: minfin Ministerio de la Defensa de Guatemala mindef Ministerio de Economía de Guatemala mineco. Ministerio de Relaciones Exteriores de Guatemala minex MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE mcd MINISTERIO DE COMUNICACIONES, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA MICIVI

LOS DIBUJOS VAN CON FORME AL ORDEN DEL NOMBRE LOS MINISTERIOS DEL ESTADO GUATEMALTECO La rama ejecutiva del gobierno guatemalteco cuenta con 14 ministerios 1.

MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL : El Ministerio de la Defensa Nacional es el encargado de velar por la seguridad de cada ciudadano del país, de proteger el territorio guatemalteco si es posible con su vida. Dentro de sus funciones están las de formular las políticas y hacer cumplir el régimen jurídico relativo a la defensa de la soberanía y de la integridad del territorio nacional ser el conducto de comunicación entre el Presidente de la Republica y el Ejército constituir el centro general directivo, orgánico y administrativo en cuanto concierne al Ejército atender lo referente a la jerarquía, disciplina, instrucción y salubridad de las tropas y lugares de acuartelamiento. FUNDACION: 2 de febrero de 1851,

2.

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN DE GUATEMALA – MAGA: Le corresponde atender los asuntos concernientes al régimen jurídico que rige la producción agrícola, pecuaria e hidrobiológica, esta última en lo que le ataña, así como aquellas que tienen por objeto mejorar las condiciones alimenticias de la población, la sanidad agropecuaria y el desarrollo productivo nacional. Formula y ejecuta, participativamente, la política de desarrollo agropecuario, hidrobiológico y de uso sustentable de los recursos naturales renovables. FUNDACION: 21 de mayo de 1920. Dentro de sus funciones: a) Formular y ejecutar participativamente la política de desarrollo agropecuario, de los recursos hidrobiológicos, estos últimos en lo que le ataña, y en coordinación con el Ministerio de Ambiente y de Recursos Naturales diseñar la política para el manejo del recurso pesquero del país, de conformidad con la ley; b) Proponer y velar por la aplicación de normas claras y estables en materia de actividades agrícolas, pecuarias y fitozoosanitarias, y de los recursos hidrobiológicos, estos últimos en lo que le corresponda, buscando la eficiencia y competitividad en los mercados y teniendo en cuenta la conservación y protección del medio ambiente;

3.

MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE: Le corresponde lo relativo al régimen jurídico aplicable a la conservación y desarrollo de la cultura guatemalteca, y el cuidado de la autenticidad de sus diversas manifestaciones; la protección de los monumentos nacionales y de los edificios, instituciones y áreas de interés histórico o cultural; y el impulso de la recreación y del deporte no federado ni escolar. Dentro de sus funciones Dentro de las funciones establecidas en el artículo 31 de la Ley del Organismo Ejecutivo, tenemos las siguientes:

1.

Formular, ejecutar y administrar descentralizadamente la política de fomento, promoción y extensión cultural y artística, de conformidad con la ley.

2.

Formular, ejecutar y administrar descentralizadamente la política de preservación y mantenimiento del patrimonio cultural de la Nación, de conformidad con la ley.

3.

Administrar descentralizadamente o contratar la operación de los medios de comunicación oficiales de radio y televisión.

4.

Promover y difundir la identidad cultural y valores cívicos de la Nación en el marco de su carácter pluriétnico y multicultural que los caracteriza. FUNDACION: 10 de enero de 1986

4.

MINISTERIO DE GOBERNACION: Le corresponde asegurar los recursos humanos y técnicos para contribuir en su área de acción, a garantizar la seguridad, el orden interno, la preservación de los bienes públicos y privados, el pleno respeto a los Derechos Humanos amparados en la Constitución Política de la República , mancomunado todo ello, con la seguridad del Estado y sus instituciones. FUNDACION: 26 de abril de 1839. FUNCIONES

LOS DIBUJOS VAN CON FORME AL ORDEN DEL NOMBRE a) Compilar y publicar ordenadamente los códigos, leyes y reglamentos de la República. b) Aprobar los estatutos de las fundaciones, y otras formas de asociación, que requieran por ley tal formalidad, y otorgar y reconocer la personalidad jurídica de las mismas. c) Ejercer la vigilancia y supervisión de los montes de piedad, rifas y loterías, salvo lo dispuesto por leyes específicas. d) Administrar descentralizadamente los registros y sistemas de documentación de identidad ciudadana, bajo su jurisdicción. 5.

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES: Le corresponde formular y ejecutar las políticas relativas a su ramo: cumplir y hacer que se cumpla el régimen concerniente a la conservación, protección, sostenibilidad y mejoramiento del ambiente y los recursos naturales en el país y el derecho humano a un ambiente saludable y ecológicamente equilibrado, debiendo prevenir la contaminación del ambiente, disminuir el deterioro ambiental y la pérdida del patrimonio natural. FUNDACION: 11 de diciembre de 2000.

6.

MINISTERIO DE EDUCACION: Le corresponde lo relativo a la aplicación del régimen jurídico concerniente a los servicios escolares y extraescolares para la educación de los guatemaltecos, además de poner en vigor las normas técnicas para la infraestructura del sector. Es el encargado de formular y administrar la política educativa, velando por la calidad y la cobertura de la prestación de los servicios educativos públicos y privados, con base en los principios constitucionales de respeto a la vida, la libertad, la justicia, la seguridad y la paz, y al carácter multiétnico, pluricultural y multilingüe de Guatemala. FUNDACION: 18 de julio de 1872

7.

MINISTERIO DE COMUNICACIONES, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA: Formular las políticas y hacer cumplir el régimen jurídico aplicable al establecimiento, mantenimiento y desarrollo de los sistemas de comunicaciones y transporte del país al uso y aprovechamiento de las frecuencias radioeléctricas y del espacio aéreo a la obra pública a los servicios de información de meteorología, vulcanología, sismología e hidrología y a la política de vivienda y asentamientos humanos. FUNDACION: 24 de agosto de 1871.

8.

MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS: El Ministerio de Energía y Minas es la institución rectora de los sectores energético y minero, que fomenta el aprovechamiento adecuado de los recursos naturales del país. Conforma un equipo de trabajo multidisciplinario capacitado que cumple con la legislación y la política nacional, propiciando el desarrollo sostenible en beneficio de la sociedad. Su misión es propiciar y ejecutar las acciones que permitan la inversión destinada al aprovechamiento integral de los recursos naturales, que proveen bienes y servicios energéticos y mineros, velando por los derechos de sus usuarios y de la sociedad en general. FUNDACION: 8 de septiembre de 1983

9.

MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS: Es el responsable de fijar y desarrollar las políticas que regulan la Administración Financiera de los Recursos del Estado, de administrar en forma eficiente, equitativa y racional el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Estado, y mantenerse en una búsqueda constante por la simplificación y optimización de los procesos que involucran a sus usuarios. Debe transferir a los organismos y entidades del Estado los recursos financieros asignados en sus respectivos presupuestos, de acuerdo con la captación de los ingresos. Llevar el registro consolidado de la ejecución presupuestaria y de la Contabilidad del Estado, facilitar los lineamientos de su aplicación desconcentrada, así como preparar los informes analíticos y consolidados correspondientes. FUNDACION: 7 de octubre de 1825

10. MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Le corresponde hacer cumplir el régimen jurídico relativo al trabajo, la formación técnica y profesional y la previsión social; a través de formular la política laboral, salarial y de salud e higiene ocupacional del país. Debe promover y armonizar las relaciones laborales, entre los empleadores y los trabajadores. En su labor de prevención de los conflictos laborales, debe intervenir, de conformidad con la ley, en la solución extrajudicial de éstos, y propiciar al arbitraje como mecanismo de solución de conflictos laborales; todo ello, de conformidad con la ley. FUNDACION: 8 de febrero de 1947

LOS DIBUJOS VAN CON FORME AL ORDEN DEL NOMBRE 11. EL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL DE GUATEMALA es el encargado de atender los asuntos concernientes al tema de salud y asistencia social en el territorio nacional. Las funciones del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, están establecidas en el Art. 39 de la Ley del Organismo Ejecutivo, las cuales son: a) Formular y dar seguimiento a la política y los planes de salud pública y, administrar, descentralizadamente, los programas de promoción, prevención, rehabilitación y recuperación de la salud, propiciando a su vez la participación pública y privada en dichos procesos y nuevas formas de financiamiento y mecanismos de fiscalización social descentralizados. b) Proponer las normas técnicas para la prestación de servicios de salud y coordinar con el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda las propuestas de normas técnicas para la infraestructura del sector. c) Proponer la normativa de saneamiento ambiental y vigilar su aplicación. d) Realizar estudios y proponer las directrices para la ejecución de programas de vigilancia y control epidemiológico. e) Administrar en forma descentralizada el sistema de capacitación y formación de recursos humanos en el sector salud. f) Velar por el cumplimiento de los tratados y convenios internacionales relacionados con la salud en casos de emergencia por epidemias y desastres naturales. FUNDADO: 27 de diciembre de 1944 12. EL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Es el ente ministerial perteneciente al Gabinete de Gobierno, encargado de la rectoría de los programas sociales destinados a los sectores con pobreza, pobreza extrema y otros más necesitados.1 Este ministerio se encarga del diseño, formulación, regulación, dirección y ejecución de los programas sociales del país. Entre los programas que maneja (heredado del gobierno de Álvaro Colom), podemos mencionar los siguientes:

   

Bono Seguro Bolsa Segura Comedor Seguro Beca Segura Fue creado el 25 de enero de 2012 por el Congreso de la República, sustituyendo inmediatamente al Consejo de Cohesión Social, quien era el ente rector anterior 13. MINISTERIO DE ECONOMIA es el ministerio del Gobierno de Guatemala encargado de hacer cumplir el régimen jurídico relativo al desarrollo de las actividades productivas no agropecuarias, del comercio interno y externo, de la protección al consumidor, del fomento a la competencia, de la represión legal de la competencia desleal, de la limitación al funcionamiento de empresas monopólicas; de inversión nacional y extranjera, de promoción a la competitividad, del desarrollo industrial y comercial .FUNDADO: 27 de diciembre de 1944 FUNCIONES a) Formular y ejecutar dentro del marco jurídico vigente, las políticas de protección al consumidor, de fomento a la competencia y de represión legal de la competencia desleal. b) Formular y ejecutar dentro del marco jurídico vigente, la política de inversión nacional y extranjera, de promoción de la competitividad, del desarrollo industrial y comercial, y proponer las directrices para su ejecución. c) Conducir, por delegación del Presidente de la República, las negociaciones de los convenios y tratados de comercio internacional bilateral y multilateral, y una vez aprobados y ratificados, encargarse de su ejecución. 14. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES:

LOS DIBUJOS VAN CON FORME AL ORDEN DEL NOMBRE El Ministerio de Relaciones Exteriores es el ente encargado de la formulación de las políticas y aplicación del régimen jurídico a las relaciones internacionales del Estado de Guatemala con otros Estados, siendo dependencia del Organismo Ejecutivo. El Ministerio de Relaciones Exteriores puede otorgar también la nacionalidad guatemalteca, vela porque se cumpla la Ley de Migración, demarca y preserva los límites del territorio nacional, negocia y resguarda los tratados y convenios internaciones, defiende los intereses del país, entre otras funciones que tiene y se le es asignado por la Ley del Organismo Ejecutivo y otras leyes del país; actualmente forma parte del Sistema Nacional de Seguridad. FUNDADO: 27 de diciembre de 1944