1213.DISP.COMPLEJA

CARPETA FISCAL : 1213-2014 INVESTIGADA : CARMEN ROSA LOPEZ ALEGRE AGRAVIADO : EMPRESA C&C SAC DELITO : USO DE DOCUMENTO

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CARPETA FISCAL : 1213-2014 INVESTIGADA : CARMEN ROSA LOPEZ ALEGRE AGRAVIADO : EMPRESA C&C SAC DELITO : USO DE DOCUMENTO FALSIFICADO SUMILLA : “SE DECLARA COMPLEJA INVESTIGACIÓN PRELIMINAR”

DISPOSICIÓN QUE DECLARA COMPLEJA INVESTIGACIÓN PRELIMINAR N° 03-2014-MP-2DO-D-FPMC-AA-TACNA Alto de la Alianza, diez de diciembre del año dos mil catorce.ESTANDO: A la estrategia de investigación diseñada para el presente caso, la naturaleza del delito investigado y actos de investigación realizados, y; ATENDIENDO: 1.-Conforme lo establece el inciso 3 del artículo 342 Código Procesal Penal se considera compleja una investigación en los siguientes supuestos: a) cuando se requiere la actuación de una cantidad significativa de actos de investigación, b) comprenda la investigación de numerosos delitos, c) demanda la realización de pericias que comportan la revisión de una nutrida documentación o análisis técnicos, entre otras. En igual sentido el Tribunal Constitucional (Exp. Nº2534-2010 PHC) ha señalado que la complejidad se presenta, entre otros casos: a) por la naturaleza y la gravedad de los hechos investigados y por la necesaria actuación de diversos medios probatorios. 2.-En el presente caso, viene siendo objeto de investigación el delito contra la FE PÚBLICA en la Modalidad de Falsificación de Documentos, cuya calificación jurídica involucra una persona en calidad de investigada. En torno a los hechos imputados está pendiente de realizarse una serie de diligencias, entre las cuales esta la respuesta de las observaciones efectuada al Dictamen Pericial Dactiloscópico N° 80-2014 y Dictamen Pericial de Grafotecnia N° 157/2014, ordenado en autos, observación que involucro presentación de pericias de parte, la misma que el perito nombrado, esto es FERNANDO VALDEZ MENA, responderá después del 31 de diciembre del 2014, pues conforme al Informe N° 226-14-REGPSUR-DTT-DIVICAJ-DEPCRI/GRAF, tal perito se encuentra de vacaciones hasta tal fecha, y siendo ademas que ese resultado que se obtenga, posteriormente la parte agraviada de ser el caso solicitara la realización de otras diligencias que considere, lo que involucrara mayor plazo de la investigación, por lo que resulta se necesita un mayor plazo para la investigación.

3.-Por tanto estando a la complejidad del delito objeto de investigación y cantidad significativa de actos de investigación pendiente de realizar, que involucra la revisión de las Pericias ordenadas en autos, las de parte y la realización de una posible pericia derimente, resulta evidente la necesidad de declarar compleja la investigación. Esta declaración permitirá cumplir con el diseño de investigación elaborada para el presente caso, posibilidad que se vería frustrada con el plazo ordinario transcurrido. En mérito a lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto por el literal e inciso 2 artículo 122 del Código Procesal Penal; SE DISPONE: 1.-Declarar COMPLEJA la presente investigación por el termino de 08 meses.1 2.-Se realicen los siguientes actos de investigación: A) PONER en conocimiento del perito oficial -FERNANDO VALDEZ MENAel Dictamen Pericial Grafotecnico y Dactiloscópico presentado por el recurrente, para que en el termino de 05 días se pronuncie sobre su mérito, para cuyo efecto reiterese oficio al JEFE DEL DEPARTAMENTO DE CRIMINALISTICA DE TACNA, precisando que lo solicitado se ponga en conocimiento al Perito FERNANDO VALDEZ MENA, una vez regrese de vacaciones esto es el primer día hábil después del 31 de diciembre del año 2014, debiendo anexarse copias de las pericias efectuadas por su persona. B) Se realice las demas diligencias tendientes al esclarecimiento de los hechos materia de investigación. NOTIFÍQUESE.-

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Casación 144-2012-ANCASH, emitido por la Corte Suprema de La República, el 11 de julio del año 2013.

FISCAL RESPONSABLE : GINA CHOQUE SANDOVAL CARPETA FISCAL : 2906010611-2014-1213-0

Alto de la Alianza, 10 de diciembre del 2014 OFICIO Nº

-2014-MP-2DO-D-FPMC-AA-TACNA

Señor: LUIS ALBARRACÍN BARRERA JEFE DEL DEPARTAMENTO DE CRIMINALISTICA DE TACNA Presente.ASUNTO : SE PONE EN CONOCIMIENTO DE PERITO DE PERICIA DE PARTE REF. : DICTAMEN PERICIAL DACTILOCÓPICO N° 80-2014 Y GRAFOTECNICO N° 157/2014.

Tengo el agrado de dirigirme a Ud. para saludarlo y, al mismo tiempo por su intermedio PONGA en conocimiento del perito oficial FERNANDO VALDEZ MENA el Dictamen Pericial Grafotecnico y Dactiloscópico presentado por el recurrente en representación de la empresa C&C remitido a su Oficina mediante Oficio N° 1078-2014-MP-2DO-D-FPMC-AA-TACNA (A folios 18), una vez regrese de vacaciones esto es el primer día hábil después del 31 de diciembre del año 2014, para que en el termino de 05 días se pronuncie sobre su mérito conforme lo establece el numeral 2 del artículo 180 del Código Procesal Penal. Asimismo en atención al Informe N° 226-14-REGPSUR-DTT-DIVICAJ-DEPCRI/GRAF, se remite copias del Dictamen Pericial Dactiloscópico N° 80-2014 y Dictamen Pericial de Grafotecnia N° 157/2014 (Fs. ...). Sin otro particular reitero a usted los sentimientos de mi especial consideración y estima personal. Atentamente,