En la ciudad de Guatemala, el veintiocho de enero del año dos mil apellido), de catorce, NOSOTROS: cincuenta año
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En la ciudad de Guatemala, el veintiocho de enero del año
dos
mil
apellido),
de
catorce,
NOSOTROS:
cincuenta
años
de
JUAN
CRUZ
edad,
(único
guatemalteco,
piloto automovilista, casado, con domicilio en Mixco, quien
se
identifica
con
el
Documento
Personal
de
Identificación número -------, extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala; y por la otra parte edad,
SANDRA HERNANDEZ, de cuarenta años de
guatemalteca,
comerciante,
soltera,
de
este
domicilio quien se identifica con el Documento Personal de
Identificación
número
-----,
extendido
por
el
Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala. Manifestamos hallarnos en el libre ejercicio de
nuestros
celebramos DOCUMENTO
derechos CONTRATO
PRIVADO,
civiles, DE
de
y
que
RECONOCIMIENTO
conformidad
con
cláusulas: PRIMERA: Yo SANDRA HERNANDEZ
por
este
DE
acto
DEUDA
las
EN
siguientes
por el presente
instrumento me reconozco en forma irrevocable, lisa y llana, deudora del señor JUAN CRUZ (único apellido), por la
cantidad
(Q.20,000.00)
de más
VEINTE Doce
mil
MIL
QUETZALES
quetzales
EXACTOS
(12.000.00)
de
intereses atrasados de cuatro meses, y en virtud que el contrato vence el treinta y uno de marzo del año en curso suman seis meses de intereses, lo cual asciende a la
cantidad
de
dieciocho
mil
quetzales
exactos
(Q
18,000.00)de intereses, más el capital inicial. La parte deudora señora SANDRA HERNANDEZ
se obliga a pagar la
suma
adeudada
en
las
condiciones
más
adelante
estipuladas y en caso de no cumplir con el pago en la forma
y
época
convenidas
deja
como
garantía
dos
amueblados de comedor de su propiedad, una estufa marca Cetron,
un
congelador,
y
su
venta
de
Ropa
Americana(PACA) con un valor estimado de Veinticinco mil Quetzales: a) PLAZO: El plazo de la presente obligación es de dos meses con tres días contados a partir del veintiocho de enero del año en curso, por lo que vencerá el treinta y uno de marzo del año dos mil catorce, dicho plazo
será
adeudada HERNANDEZ
sin
la
ninguna
pagara
prórroga.
la
parte
b)
PAGOS:
deudora
señora
La
suma
SANDRA
mediante un único pago. Dicho pago lo hará la
parte deudora señora SANDRA HERNANDEZ sin necesidad de cobro
ni
requerimiento
cantidad
de
veinte
mil
acreedor
le
indique
al
alguno,
en
quetzales, deudor.
efectivo en
lugar
SEGUNDA:
por
la
que
el
RENUNCIAS
Y
RECONOCIMIENTOS: Para los efectos de este contrato, la parte deudora renuncia al fuero de su domicilio y se somete expresamente a los tribunales del departamento de Guatemala que el acreedor elija. Acepta desde ya como buenas y exactas las cuentas que su acreedor formule acerca de este negocio y como líquidas y exigibles y de plazo
vencido
cualquier
suma
que
el
acreedor
pudiere
reclamar o demandar y señala como lugar para recibir citaciones, notificaciones calle cero guión uno
y emplazamientos la quince
zona tres Bde esta ciudad capital,
obligándose a dar aviso en forma inmediata de cualquier cambio de la misma, y aceptando que si no lo hiciere, serán válidas y bien hechas las que en dicho lugar se le hicieren, ahora
aunque
como
no
se
título
encontrare
ejecutivo
Convienen que los gastos
el
allí.
Acepta
presente
desde
contrato.
de cobranza corren por cuenta
del deudor, así como los judiciales o extrajudiciales que se pudieran causar, y el juicio ejecutivo si fuere necesario. TERCERA: CONFORMIDAD GENERAL. En los términos relacionados, contrato validez
y y
aceptamos bien
enterados
demás
efectos
aceptamos y firmamos.
expresamente de
su
legales,
el
contenido, lo
presente objeto
ratificamos,