PUNTOS CONTROVERTIDOS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CASTILLA PROCURADURIA PÚBLICA MUNICIPAL EXP: 1977-2015-0-2001-JR-CI-04 ESP: GORDILLO GONZALE

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CASTILLA

PROCURADURIA PÚBLICA MUNICIPAL EXP: 1977-2015-0-2001-JR-CI-04 ESP: GORDILLO GONZALES ESC: CORRELATIVO SUMILLA: PROPONGO PUNTOS CONTROVERTIDOS

SEÑOR JUEZ DEL CUARTO JUZGADO CIVIL DE PIURA CARMEN ROSA NIÑO MENDIOLA, PROCURADORA PÚ BICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CASTILLA, identificada con DNI 40043812, con registro del Ilustre Colegio de Abogados de Piura Nº 1260, en los seguidos por KLEDER NAUN CORREA CALDERON ante Usted exponemos lo siguiente: 1. Por resolució n nú mero 21 de fecha 20 de agosto de 2019 se ha resuelto declarar la existencia de una relació n jurídica procesal vá lida en consecuencia, SANEADO EL PROCESO. Respecto a la fijació n de los puntos controvertidos, previamente las partes propongan los mismos dentro del plazo de ley. 2. El artículo 468° del Có digo Procesal Civil establece lo siguiente: “Expedido el auto de saneamiento procesal, las partes dentro del tercer día de notificadas propondrán al Juez por escrito los puntos controvertidos. Vencido este plazo con o sin la propuesta de las partes el Juez procederá a fijar los puntos controvertidos y la declaración de admisión o rechazo, según sea el caso, de los medios probatorios ofrecidos”. 3. Dentro de este contexto, propongo como puntos controvertidos los siguientes: a. Determinar si corresponde declarar si los demandantes ostentan un Mejor derecho de Propiedad frente a los demandados sobre el bien inmueble materia de litis. b. De ser positivo el punto anterior, determinar si procede el cierre parcial de la Ficha Registral N° 23939 así como la Partida Electró nica N° 0003226 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral Sede N° 01 de Piura, donde corre inscrito dicho inmueble. c. Asimismo determinar si procede ordenar la inscripció n del bien inmueble a favor de la Sociedad Conyugal en los Registros de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Sede N° 01 de Piura. PRIMERO OTROSI DIGO: Para los fines de una correcta Notificació n; cumplo con variar Domicilio Procesal en Pasaje Alfonso Ugarte N° 136 – Quinta Oficina – Primer Piso – Castilla; con la Casilla Judicial N° 2213 de la Central de Notificaciones del Poder Judicial de Piura y Casilla Electrónica N° 102041. POR TANTO: A usted pido tenga presente los puntos controvertidos propuestos.

Piura, 12 de noviembre de 2019